Organizador: European Breeders Trust AG Osterhofen 1 D-87480 Weitnau Representado por la Junta Directiva: Noëmie Zeller Correo electrónico: info@europeanbreederstrust.eu
y el propietario/vendedor del siguiente artículo:
Ofrecido el 26 de septiembre de 2026 en el marco de:
EBT Three in One Auction Aachen 2026
Artículo
Se ofrece una cubrición del semental __________________________. La base para el comprador es el contrato de cubrición del vendedor, que puede consultarse en el sitio web del vendedor o del titular del semental. Este contrato regula las condiciones de la cubrición y forma parte de la oferta.
1. Introducción
El organizador organiza subastas en las que terceros (en particular criadores) pueden adquirir o enajenar bienes o derechos, en especial caballos, derechos de cría o derechos sobre embriones. El propietario/vendedor encarga al organizador, a cambio de una remuneración, la subasta del artículo mencionado. El contrato de compraventa se celebra directamente entre el mejor postor y el propietario/vendedor en el momento de la adjudicación.
2. Servicios del organizador
2.1 Puesta a disposición de una plataforma de subastas de acceso público. El organizador no será parte contractual. 2.2 Asignación de un lote individual al vendedor. 2.3 Se concede al vendedor la posibilidad de presentar en vivo, en el marco de la subasta, al semental del que procede la cubrición ofrecida. 2.4 Para fomentar la venta, el vendedor puede presentar descendientes del semental para demostrar su capacidad de transmisión. 2.5 Posibilidad de reproducir un video (máx. 2 minutos) del lote a través del cubo de video central instalado en el ring de subastas. 2.6 Dos entradas VIP para el vendedor. 2.7 Para fomentar la venta, se ofrecen a los compradores los siguientes vales: a)Vale de compra del 12 %: Para criadores europeos con nacionalidad de un Estado de la UE y residencia en Europa. Canjeable con los socios según el sitio web del organizador. b)Vale de potro del 25 %: Válido en caso del nacimiento de un potro macho procedente de la cubrición subastada. Canjeable durante el fin de semana de la subasta en el año de nacimiento. c)Vale de “consuelo” del 15 %: Para el postor con la penúltima puja de un lote adjudicado. Canjeable con los socios según el sitio web. 2.8 Promoción de los lotes de subasta a través de redes sociales y en el catálogo de la subasta.
3. Obligaciones del vendedor
3.1 Entrega al organizador del producto total de la subasta del lote correspondiente como contraprestación por los servicios conforme al punto 2. 3.2 Acreditación de la propiedad a requerimiento. 3.3 Presentación de un documento oficial de identidad. 3.4 Divulgación de cualquier relación fiduciaria existente. 3.5 Derecho de rescisión del organizador en caso de infracción o dudas justificadas.
4. Desarrollo de la subasta
4.1 Presentación de los lotes con descripción y material gráfico. 4.2 El idioma del contrato es alemán o inglés. 4.3 Las horas de inicio y finalización se comunicarán con antelación. 4.4 Puja inicial: 1.000 €, los incrementos de puja serán fijados por el organizador. 4.5 Las pujas son vinculantes. 4.6 Adjudicación al mejor postor. 4.7 Con la adjudicación, el contrato de compraventa se celebra directamente entre el comprador y el vendedor.
5. Precio mínimo
El precio mínimo corresponde a la puja inicial por un importe de 1.000 €.
6. Materiales publicitarios
6.1 Presentación a más tardar el 30 de agosto de 2026. Formatos: – Fotos: JPEG, mín. 300 dpi – Vídeos: MP4, mín. 1920×1080, máx. 2 minutos 6.2 El vendedor concede al organizador amplios derechos de uso transferibles de conformidad con los §§ 16–23 de la UrhG, entre otros: 6.2.1 Reproducción, distribución, publicación, edición 6.2.2 Uso internacional y cesión a terceros
7. Preparación y presentación del lote
El vendedor asume por sí solo la responsabilidad y los costes de la preparación, el cuidado y, en su caso, la formación del semental o descendiente presentado.
8. Garantía e indemnidad
8.1 El vendedor garantiza la titularidad legítima de los derechos y la conformidad legal. 8.2 El vendedor exime totalmente al organizador de las reclamaciones de terceros.
9. Responsabilidad
9.1 La responsabilidad del organizador solo existe en caso de dolo, negligencia grave, incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales o conforme a la Ley de Responsabilidad por Productos. 9.2 La responsabilidad se limita al daño típicamente previsible.
10. Derecho aplicable
Se aplica exclusivamente el derecho alemán. Queda excluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
11. Fuero competente
El fuero competente es –en la medida en que lo permita la ley– Kempten (Allgäu), Alemania.
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