Contrato de cubierta Shams Al Din AA -2026
SUBASTA ONLINE – CONTRATO DE CRÍA
JADEM ARABIANS BV
Berkensingel 24
2490 Balen
Bélgica
Correo electrónico: info@christine-jamar.be
Tel.: +32 14 81 24 62
SEMEN FRESCO
Nº 2026-JA …
para el semental
SHAMS AL DIN AA
PARTES DEL CONTRATO
Este contrato se celebra el día _______ de __________________ 2026
entre
JADEM ARABIANS BV
(actuando bajo el nombre “Christine Jamar”)
y
el siguiente cliente de cría.
DATOS DEL CLIENTE DE CRÍA
Nombre / Razón social: ____________________________________
Dirección: _____________________________________________
CP / Ciudad / País: _____________________________________
Número de teléfono: ____________________________________
NIF-IVA: ___________________________________________
Correo electrónico: _____________________________________
DATOS DE LA YEGUA
Nombre de la yegua: ______________________________________
Padre: ________________________ Madre: ________________________
Número de registro: _______________________________
Color: ______________________________________________
Fecha de nacimiento: __________________________________
Libro genealógico registrado: _____________________________
Uso para transferencia de embriones: ☐ Sí ☐ No
HISTORIA DE CRÍA DE LA YEGUA
| Año | Cubierta | Preñada | Fechas de Cubrición | Potro Vivo |
|---|---|---|---|---|
| Sí / No | Sí / No | Sí / No | ||
| Sí / No | Sí / No | Sí / No | ||
| Sí / No | Sí / No | Sí / No |
PREÁMBULO
El criador declara que posee un interés legal en la yegua descrita anteriormente y está autorizado para cubrirla durante las temporadas de cría 2026, 2027 y 2028 con el semental SHAMS AL DIN AA.
El propietario de la yegua se compromete a adjuntar a este contrato una copia de los documentos de registro de la yegua.
En caso de alojamiento de la yegua en Jadem Arabians, antes de la llegada de la yegua deberá firmarse un contrato de estabulación por separado.
1. TARIFAS DE CRÍA
1.1 Tarifa de cría
€ _______ (más 6 % IVA).
La tarifa de cría debe pagarse en su totalidad antes de que la yegua llegue a Jadem Arabians o antes de que el envío de semen salga de Jadem Arabians , salvo que se haya realizado otro acuerdo por escrito.
Las cubriciones deben ser utilizadas a más tardar en los años 2026, 2027 o 2028. Después de eso, pierden su validez, salvo que se acuerde una prórroga por escrito.
El pago se realiza a la cuenta de Jadem Arabians bv.
1.2 Tasa de tramitación
€ 125,00 (más 21 % IVA) por cada tramitación necesaria para el transporte de semen.
Esta tasa debe pagarse en su totalidad antes de que el semen salga de Jadem Arabians.
No están incluidos:
-
Costes de transporte
-
Caja refrigerada
-
Costes administrativos
-
Certificado sanitario
-
Costes de envío
La tasa de tramitación debe ser transferida a la cuenta de Jadem Arabians bv.
1.3 Tasa de repetición
€ 500,00 (más 6 % IVA), sujeto a las condiciones según la sección 2.
Una repetición solo es válida si la yegua está atendida en un centro de inseminación reconocido.
El encargado del semental se reserva el derecho de exigir un examen bacteriológico o biopsia para determinar la aptitud reproductiva en una yegua que no quede preñada después de tres ciclos de celo.
El encargado del semental está autorizado a suspender la reproducción si se detecta en la yegua una enfermedad infecciosa o contagiosa o existe otra razón objetiva.
En este caso, el propietario de la yegua está obligado a proporcionar una yegua de reemplazo para cumplir con las condiciones del contrato.
El encargado del semental proporciona el semen del semental mencionado en el contrato y no asume ninguna garantía por el estado del semen una vez que éste haya salido de las instalaciones.
El propietario de la yegua es responsable de la manipulación, almacenamiento e inseminación adecuados del semen.
Ni el propietario del semental ni el gestor del semental son responsables por semen perdido, retrasado o dañado.
2. CONDICIONES DE REINSEMINACIÓN
2.1
Las condiciones de reinseminación (por ejemplo, garantía de potro vivo) se aplican cuando:
-
no se produce preñez o
-
no nace un potro vivo,
siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones.
Un potro vivo es un potro que se mantiene en pie y mama por sí mismo dentro de las 24 horas posteriores al nacimiento.
Las solicitudes de reinseminación en la siguiente temporada de cría requieren un certificado escrito de un veterinario equino autorizado.
2.2
La yegua debe ser examinada 60 días después de la inseminación para determinar si está preñada.
El resultado debe ser comunicado por escrito a Jadem Arabians dentro de los 10 días.
Si esto no se realiza, todos los derechos de reinseminación se extinguen automáticamente.
2.3
En caso de pérdida de preñez, nacimiento de un potro muerto o muerte del potro recién nacido, debe presentarse un certificado veterinario dentro de los 30 días que confirme:
a) vacunación adecuada contra rinoneumonitis (EHV-1/4) en los meses 5, 7 y 9
b) estado de salud adecuado de la yegua, incluidas vacunas y desparasitación
La responsabilidad de presentar el certificado recae exclusivamente en el propietario de la yegua.
2.4
El derecho de reinseminación es válido solo para la temporada de cría inmediatamente siguiente.
Un cambio de yegua requiere la autorización por escrito de Jadem Arabians .
3. CONDICIONES GENERALES
3.1 Muerte o incapacidad reproductiva
a) El semental muere o se vuelve incapaz de reproducirse:
El contrato se convertirá automáticamente en un contrato de semen congelado, siempre que haya semen congelado disponible.
Si no hay semen congelado disponible, el propietario de la yegua puede elegir un semental equivalente de Jadem Arabians.
No hay garantía de potrillo vivo para los años siguientes.
b) El propietario de la yegua reconoce que no existe garantía de fertilidad del semen.
c) La yegua muere o se vuelve incapaz de reproducirse:
Se puede presentar una yegua de reemplazo dentro de la misma temporada de cría, sujeto a la aprobación de Jadem Arabians.
d) Una dosis de semen fresco de un laboratorio acreditado por SBS contiene al menos 1 millón de espermatozoides con al menos 50% de motilidad total y 30% de motilidad progresiva.
Este contrato es válido para una (1) cubrición y un (1) certificado para un (1) potro.
Todos los pagos son no reembolsables.
4–10. DISPOSICIONES FINALES
El propietario de la yegua es responsable de todas las regulaciones oficiales y de los registros de cría, en particular de los permisos para el transporte de semen desde Bélgica.
La cubrición por otro semental invalida el contrato, pero las reclamaciones de pago siguen vigentes. Jadem Arabians puede rechazar el registro del potro.
Todas las garantías excepto las expresamente mencionadas quedan excluidas.
El contrato no es transferible ni revendible.
Se aplica la legislación belga, y el fuero es Amberes (Tribunal de Comercio).
Este contrato constituye el acuerdo completo. Las modificaciones solo son válidas por escrito.
Si alguna cláusula es inválida, el resto del contrato seguirá siendo válido.
FIRMAS
JADEM ARABIANS BV
Christine Jamar-Demeersseman
Firma: __________________________
Fecha: _______________________________
CRÍA
Nombre: ________________________________
Firma: __________________________
Fecha: _______________________________
POR FAVOR FIRME CADA PÁGINA Y ENVÍE DE VUELTA POR CORREO POSTAL O EMAIL.