Contrato marco LR Anselmo - 2027

ESTE CONTRATO NO PUEDE REVENDERSE NI REGALARSE.

Cualquier intento de ofrecer, transferir, ceder, revender o regalar este contrato dará lugar a su cancelación inmediata. En tal caso, la tarifa de cubrición no será reembolsable bajo ninguna circunstancia.

“LR Anselmo”

(RFI UNIQUE x LL ALMUDENA)

Contrato de cubrición – N.º 2026-________
Semen fresco – 1 cubrición
REGALO EBT

Este contrato se celebra entre:

1) Propietario del semental

Al Wajba Stud C/o Privilege SFQ
Heizijde 174/1
2300 Turnhout
Bélgica

Y:

2) Propietario o arrendatario de la yegua

(en adelante denominado el “propietario de la yegua”)

Nombre completo: ______________________________________________

Nombre de la yeguada (si corresponde): ___________________________________

Calle y número: ___________________________________________

Código postal y localidad: ______________________________________________

País: ____________________________________________________________

Teléfono: _________________________________________________________

Dirección de correo electrónico: __________________________________________________

Datos de la yegua

Nombre: ____________________

Fecha de nacimiento: ____________________

Capa: ___________________

Padre: ____________________
Madre: ____________________

Registro: ____________________

(Se requiere adjuntar una copia del pedigrí)

Tarifas

La cubrición es un regalo para EBT.

La tarifa de cubrición asciende a € puja adjudicada en la subasta Aachen por 1 cubrición.

Debe abonarse íntegramente mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada abajo al firmar el contrato, y a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la recepción del contrato.

Si el pago no se efectúa dentro de un máximo de 30 días, el contrato quedará inválido. La tarifa de cubrición no es reembolsable.

El propietario de la yegua recibirá, tras cada servicio prestado, una factura por los costes de extracción de semen, envío y certificado sanitario (si se solicita).

Privilege SFQ como gestor del semental, así como sus propietarios, representantes, empleados y veterinarios, no serán responsables de enfermedades, dolencias, robo o lesiones que puedan afectar a la yegua objeto del contrato y/o al potro resultante y/o al semen durante el período de cubrición de la yegua objeto del contrato.

Intransferibilidad

Este contrato está limitado al propietario de la yegua y no podrá ser transferido, cedido, revendido, sublicenciado, regalado ni enajenado de ningún otro modo, ni total ni parcialmente, sin el consentimiento previo por escrito de Privilege SFQ.

Cualquier intento de ofrecer, transferir, ceder, revender o regalar este contrato de cubrición o los derechos derivados del mismo constituirá un incumplimiento esencial del contrato y dará lugar a la terminación inmediata y automática de este contrato.

En tal caso, todas las tarifas pagadas, incluida la tarifa de cubrición, se perderán y no serán reembolsables bajo ninguna circunstancia.

Obligación de notificación para yeguas preñadas

Todos los embarazos deben notificarse a Privilege entre el 5.º y 7.º mes de gestación.

En caso de incumplimiento de este plazo, se aplicará una tasa adicional de 2.000 €, que deberá abonarse antes de la expedición del certificado para el potro.

Privilege SFQ no puede ni será considerado responsable de la expedición de los certificados de cubrición.

Esta medida garantiza la transparencia y evita las notificaciones tardías con el objetivo de evitar el registro de potros o falsear los resultados.

Garantía de potro vivo (LFG)

La garantía de potro vivo está expresamente supeditada a que el propietario de la yegua haga vacunar a la yegua contra EHV1,4 en el quinto, séptimo y noveno mes de gestación.

El propietario de la yegua deberá presentar al gestor del semental, en el momento de solicitar una nueva cubrición conforme a esta sección, un certificado que acredite que dichas vacunas han sido administradas.

La garantía de potro vivo respecto del semental quedará extinguida y el propietario del semental no tendrá más obligaciones conforme a esta sección si:

  1. el propietario de la yegua no presenta un certificado de vacunación contra EHV;

  2. la yegua es sustituida por otra yegua sin el consentimiento escrito del gestor del semental;

  3. la yegua no queda preñada, aborta o muere y el propietario de la yegua omite informar al gestor del semental de conformidad con las disposiciones de esta sección;

  4. el semental no puede prestar servicios reproductivos debido a circunstancias imprevistas.

En virtud de la LFG, este contrato da derecho al propietario de la yegua a 1 cubrición y UN certificado por potro.

El certificado de cubrición se expedirá cuando se haya confirmado que la yegua está preñada con latido cardíaco y TODAS las tasas hayan sido pagadas íntegramente, incluidos los gastos de envío adeudados a Privilege SFQ BVBA.

Todos los importes abonados por el propietario de la yegua no son reembolsables, sin perjuicio de las disposiciones de este contrato sobre cubrición o disponibilidad de semen.

Cubrición

El gestor del semental se reserva el derecho de exigir un examen bacteriológico o una biopsia para determinar la aptitud reproductiva de una yegua que no haya quedado preñada en el plazo de tres ciclos de celo.

El gestor del semental también se reserva el derecho de rechazar o suspender la atención de una yegua si se determina que la yegua padece una enfermedad infecciosa y/o contagiosa o si existe cualquier otro motivo aplicable.

En caso de dicha suspensión de la atención, el propietario de la yegua estará obligado a utilizar otra yegua para cumplir las condiciones de este contrato.

El gestor del semental pone a disposición semen del semental designado en el contrato y no asume ninguna otra garantía sobre el estado del semen una vez que este haya salido de las instalaciones del gestor del semental.

El propietario de la yegua es responsable de garantizar la correcta manipulación, almacenamiento e inseminación del semen en la yegua.

Ni el propietario del semental ni el gestor del semental serán responsables de:

  1. semen perdido, retrasado o dañado;

  2. la incapacidad del semental para proporcionar semen.

Otorgado en __________________ el / /2026 en 2 ejemplares. Cada parte declara haber recibido un ejemplar.

Firma

Privilege SFQ PROPIETARIO DE LA YEGUA

Para Al Wajba Stud