Contrato marco Widad de Cartherey - 2025

Contrato de cría

 

OBI TRAINING CENTER

WIDAD DE CARTHEREY

Dirección: Helchterensedijk 6, 3990 Peer, Bélgica
Contacto: Tom | Móvil: +32479954467 | Correo electrónico: info@obi-training-center.be


1. Detalles del contrato

Este contrato es para semen transportado FRESCO de WIDAD DE CARTHEREY (FA EL Rasheem x Maya AS).
Concluido el: ____ de ___, 202 por Anaïs El Arab BV (Obi Training Center), Helchterensedijk 6, 3990 Peer, Bélgica, en adelante denominado como agente del semental y las siguientes partes en adelante denominadas como propietario de la yegua:

Detalles del propietario de la yegua:

  • Nombre: ___________________________
  • Granja/Empresa: ____________________
  • Dirección: _________________________
  • NIF-IVA: ______________________
  • Correo electrónico: __________________________
  • Teléfono: __________________________

Detalles de la yegua:

  • Nombre: ___________________________
  • Dirección de cubrición: _________________
  • Número de registro & libro genealógico: ______
  • Fecha de nacimiento: ____________________
  • Padre: ____________________________
  • Madre: ____________________________
  • Maiden: [Sí/No]
  • Color: __________________________

Nota: Por favor, adjunte una copia del pasaporte del caballo o el certificado de registro de la yegua.


2. Condiciones

  • No transferible: Los derechos de cubrición no pueden ser vendidos o transferidos.
  • Venta bajo solicitud: En caso de un evento desafortunado, la solicitud de venta puede dirigirse al agente del semental, quien tomará la decisión.

3. Tarifas

  • Cuota de cubrición: 2.000 € (más 6% IVA).
  • Condiciones de pago:
    • El pago es debido al momento de la firma del contrato.
    • Pago completo requerido antes del envío del semen.
    • Todos los gastos bancarios son a cargo del propietario de la yegua.
  • Costes de envío:
    • Propietario de la yegua cubre todos los costes de envío y manejo del semen.
    • No se enviará semen antes de que se haya recibido el pago completo.

4. Condiciones de cubrición

  • Derecho de cubrición:
    • El contrato da derecho a una cubrición por yegua registrada.
    • Un certificado de cubrición por yegua.
  • No preñez:
    • Si la yegua no queda preñada dentro de 3 ciclos de celo no queda preñada:
      • El agente del semental puede exigir un examen o biopsia.
      • El agente del semental puede negar el servicio en caso de enfermedades infecciosas o contagiosas.
      • El propietario de la yegua debe proporcionar otra yegua como reemplazo.
  • Derecho a un nuevo servicio:
    • Válido solo para la temporada de cría siguiente.
    • Yegua de reemplazo debe ser aprobada por el agente del semental.
  • Notificación de no preñez:
    • El propietario de la yegua debe informar al agente del semental dentro de los 60 días después del final de la temporada por escrito.
    • Falta de notificación: Conduce a la nulidad de la garantía de potro vivo y de los derechos de nuevo servicio.

Iniciales del propietario de la yegua: ____


5. Garantía de potro vivo

  • Derecho a nuevo servicio:
    • Si no resulta un potro vivo (definido como un potro que se levanta y amamanta sin ayuda durante 24 horas), se otorgará un derecho a nuevo servicio.
  • Muerte del potro:
    • Si el potro nace muerto o muere dentro de las 24 horas:
      • Confirmación veterinaria con la hora de nacimiento y muerte dentro de dos semanas debe ser proporcionada.

6. Esperma fresco

  • Condiciones y responsabilidad:
    • El agente del semental proporciona el esperma, pero no asume ninguna garantía para su estado después de salir del almacén.
  • Autorización de envío:
    • El semen solo se envía con autorización previa del agente del semental.
  • Responsabilidad del propietario de la yegua:
    • El almacenamiento, manejo e inseminación son responsabilidad del propietario de la yegua.
  • No transferible:
    • Los derechos de cobertura y las dosis no son transferibles y no se pueden revender.

7. Notificación

  • Notificación por escrito:
    • Las notificaciones deben realizarse por correo certificado con acuse de recibo.
    • A la dirección del propietario de la yegua indicada en el contrato.

8. Regulaciones y requisitos

  • Responsabilidad del propietario de la yegua:
    • Cumplimiento de todas las regulaciones de asociaciones de cría o autoridades.
    • Obtención de todas las autorizaciones y asunción de impuestos o aranceles para el transporte de semen desde Bélgica.

9. Ley aplicable, jurisdicción y lugar de jurisdicción

  • Ley aplicable: Ley belga.
  • Jurisdicción:
    • Las disputas se juzgarán ante el Tribunal de Comercio de Amberes (Sección Hasselt).

10. Exención de responsabilidad

  • Exoneración de responsabilidad:
    • Anaïs El Arab BV (Hengstagent) y sus empleados no son responsables de enfermedades, lesiones, robos o daños a la yegua, el potro o el semen durante el período de cubrición.

11. Contrato completo

  • Modificaciones:
    • Este contrato constituye el acuerdo completo.
    • Las modificaciones son válidas solo por escrito y con consentimiento de ambas partes.

12. Firmas

Estas firmas se refieren a las páginas 1, 2 y 3 del contrato de cubrición WIDAD DE CARTHEREY mencionado anteriormente.

 

Con la firma, las partes confirman que han leído y aceptado los términos de este contrato.