Contrato marco Ajman Moniscione - 2025

Contrato de Cría Ajman Moniscione

Libro de registro actual: DE 408/22138/03


Entre las siguientes partes:

  1. Propietario del semental:
    Sr. Buzzi Giancarlo
    Azienda Agricola Buzzi Giancarlo
    Via Varesina 20
    21035 Cunardo (VA), Italia

  2. Propietario de la yegua:
    Nombre: ___________________________________________
    Dirección: _________________________________________
    Teléfono: _________________________________________
    Fax: ____________________________________________
    Email: __________________________________________ NIF-IVA (si disponible): ______________________


Datos de la yegua:

  • Nombre: ___________________________________________

  • Fecha de nacimiento: ____________________________________

  • Color: __________________________________________

  • Padre: _________________________________________

  • Madre: ________________________________________

  • Número de registro: __________________________

(Se debe adjuntar una copia del pedigrí al contrato.)


Servicios y tarifas:

  • Tarifa de cubrición: 5.000,00 € por cría

  • Condiciones de pago: Pago por adelantado.

  • Costos de esperma congelado:

    • Producción: 125,00 € por dosis (1 dosis = 4 pajillas)

    • Tarifa de manejo por envío dentro de Europa: 150,00 €

    • Certificado de salud: 125,00 €

    • Costos de transporte: Dependiendo del transportista, tiempo de entrega y país de destino

(Todos los costos mencionados están sujetos a un IVA adicional del 22% si no se proporciona un NIF-IVA.)

El propietario de la yegua tiene la opción de enviar su propio tanque de nitrógeno al almacén en Alemania para recibir el esperma.


Responsabilidades del propietario de la yegua:

  1. Almacenamiento y manejo: El propietario de la yegua es responsable del almacenamiento, manejo e inseminación adecuados de la yegua.

  2. No transferibilidad: La cría y las dosis no son transferibles y no deben ser entregadas o vendidas a terceros sin el consentimiento previo del propietario del semental.

  3. Obligación de informar: Para simplificar la emisión del certificado de cubrición, el propietario de la yegua debe informar al encargado del semental inmediatamente sobre un embarazo exitoso.


Duración del contrato:

  • La duración del contrato es de dos temporadas de cubrición.

  • Si la yegua no queda preñada, sufre un aborto o fallece, el propietario de la yegua tiene derecho a una nueva cubrición en la temporada de cubrición actual o la siguiente.

  • Si la yegua no queda preñada después de dos temporadas de cubrición, el contrato se considera cumplido y no hay derecho a reembolso ni a una nueva cubrición.

  • Si la yegua no da a luz a un potro vivo, el propietario de la yegua debe presentar dentro de siete días un certificado veterinario con la fecha de nacimiento, fecha de muerte y causa de muerte.

  • Si la yegua fallece, también se requiere una confirmación veterinaria.


Base legal:

  • Este acuerdo está sujeto a las leyes de Italia.

  • Las disputas se resolverán ante los tribunales de Italia.


Conclusión del contrato:

Este contrato solo es válido si se devuelve completamente cumplimentado y firmado al encargado del semental dentro de un mes después de recibirlo.