Contrato de cubrición – Equiborn KA Nº 2025

Este contrato se celebra entre:

Nathalie De Haes – Budhen’s Stud
(Anderlecht, Bélgica)
– en lo sucesivo denominado “Vendedor de la cubrición”

Y:
Empresa/Nombre:
Representado por:
Dirección:
Teléfono:
Correo electrónico:
– en lo sucesivo denominado “Cliente de la cubrición, propietario o arrendatario de la yegua”


Información de la yegua (Mare Information)

Nombre de la yegua:
Padre:
Madre:
Número de registro:
Color:
Fecha de nacimiento:


Condiciones de cubrición para el semental Equiborn KA

La cubrición debe utilizarse antes de finales del año 2027. Después de este plazo, la cubrición pierde su validez.


1. Tarifa de cubrición

El cliente de la cubrición se compromete a pagar las siguientes tarifas:

  • Tarifa de cubrición: € ____________

  • Cada dosis de semen fresco: 150,00 € por dosis de inseminación (máx. 4 dosis por temporada).

  • Cada dosis de semen congelado: 200,00 € por dosis (máx. 4 dosis por temporada).

No incluido:

  • Gastos de transporte y alquiler de contenedores.

  • Todos los gastos bancarios corren a cargo del propietario de la yegua.

Los costes de semen y transporte serán facturados por separado por el agente o la clínica que representa al semental.

Disposiciones importantes:

  • Número de cubriciones: 1

  • Cada cubrición da derecho a un certificado de cubrición y un potro.

  • Definición de dosis de semen fresco: 1 billón de espermatozoides, mín. 40% de motilidad progresiva.

  • Definición de dosis de semen congelado: mín. 240 millones de espermatozoides progresivamente móviles, mín. 30% de motilidad después de la descongelación (medido por CASA).

Se emite un certificado de cubrición cuando:

  • la yegua está preñada,

  • se ha detectado un latido cardíaco y

  • todos los pagos han sido realizados completamente.


2. Garantía de potro vivo (LFG)

Este contrato incluye una garantía de potro vivo dentro del plazo y siempre que la yegua sea atendida en un centro de inseminación autorizado.

Condiciones:

  • Si la yegua aborta o el potro no se pone de pie y mama dentro de las 24 horas, existe derecho a una nueva cubrición dentro del periodo de vigencia.

  • Un certificado veterinario sobre el estado de la yegua o del potro debe ser presentado dentro de 7 días en Budhen’s Stud.

  • El propietario de la yegua garantiza que la yegua ha sido considerada apta para la reproducción por un veterinario.

  • La sustitución por otra yegua solo con el consentimiento escrito del propietario del semental.

  • El encargado del semental debe ser informado dentro de 60 días después de la última inseminación si la yegua no está preñada.

  • Los abortos deben ser reportados dentro de 30 días.

  • La LFG está condicionada a la vacunación contra EHV1,4 en el 5º, 7º y 9º mes de gestación (se requiere comprobante).

La garantía expira si:

  • no se presenta comprobante de vacunación,

  • se introduce otra yegua sin consentimiento,

  • la yegua no queda preñada, aborta o muere y el encargado del semental no es informado.

Este contrato otorga derecho a una cubrición y un potro dentro del plazo acordado.

Todos los pagos no son reembolsables.


3. Condiciones generales

a. El contrato no es transferible sin el consentimiento por escrito de Budhen’s Stud.
b. Sustitución de una yegua solo con consentimiento por escrito.
c. El encargado del semental puede, en caso de ausencia de preñez tras 3 ciclos, exigir un examen de la yegua o negar el servicio si la yegua tiene una enfermedad contagiosa.
d. El encargado del semental suministra semen fresco o congelado, pero no garantiza su estado tras salir del punto de envío.
e. El transporte y almacenamiento son responsabilidad del propietario de la yegua.

Disponibilidad del semen:

  • Si el semental muere, es vendido o no está disponible, toda obligación queda anulada.

  • No hay reembolso de las tarifas.

  • No hay garantía de la capacidad fecundante del semen.


4. Comunicaciones

Todas las comunicaciones deben realizarse por escrito y por carta certificada.


5. Cumplimiento de normativas

El propietario de la yegua es responsable de todos los requisitos legales, permisos de importación y tasas, especialmente en el envío de semen al extranjero.


6. Exclusión de responsabilidad

Budhen’s Stud solo garantiza que el semen entregado proviene del semental indicado.
Se excluyen todas las demás garantías, expresas o implícitas.


7. Ley aplicable y jurisdicción

  • Se aplica la ley belga.

  • Jurisdicción: Brujas, Bélgica.


8. Acuerdo completo

Este contrato reemplaza todos los acuerdos anteriores. Modificaciones sólo por escrito y con la firma de ambas partes.


9. Cláusula de salvaguarda

Si alguna disposición es inválida, el resto del contrato sigue siendo válido.


Firmas

Budhen’s Stud:
Firma: ______________________
Fecha: ___________________________

Cliente de cubrición (propietario de la yegua):
Firma: ______________________
Fecha: ___________________________