Contrato de cubrición – D Mezyan Nº 2025

Contrato de cubrición – Esperma fresco Nº 2025___

“D Mezyan”
(Fa El Rasheem × D Mazaia)


Este contrato se celebra entre:

Al Sheikh Stud
C/O Privilege SFQ
Heizijde 174/1
2300 Turnhout
Bélgica

Y:





– en lo sucesivo denominado propietario de la yegua


Información sobre la yegua

Nombre: ____________________
Fecha de nacimiento: ____________________
Color: ____________________
Padre: ____________________
Madre: ____________________
Nº de registro: ____________________
(Se debe adjuntar una copia del pedigrí)


Tarifas

  • La tarifa de cubrición se determina por el precio de adjudicación en la subasta EBT.

  • El certificado de cubrición se emite cuando:

    • la yegua está preñada,

    • se ha detectado latido cardíaco y

    • todos los costes (incluidos los gastos de envío a Privilege SFQ BVBA) han sido pagados.

El propietario de la yegua recibirá una factura por cada servicio prestado:

  • Extracción de semen,

  • Envío,

  • Certificado sanitario (si es necesario).


Obligación de notificar la preñez

Todos los embarazos deben ser notificados a Privilege SFQ entre el 5º y 7º mes.

  • Si este plazo no se cumple, se cobrará una tarifa adicional de 2.000 €.

  • Esta debe pagarse antes de la emisión del certificado de cubrición.

  • Esta normativa sirve para la transparencia y pretende evitar que los potros no se registren o que los resultados se presenten de forma incorrecta.


Responsabilidad

Privilege SFQ como propietario del semental, así como sus propietarios, representantes, empleados y veterinarios no asumen ninguna responsabilidad por:

  • Enfermedades,

  • Epidemias,

  • Robo o

  • Lesiones,

que puedan afectar a la yegua, al potro o al semen durante la vigencia del contrato.


Garantía de potro vivo (LFG)

La LFG solo es válida bajo las siguientes condiciones:

  • La yegua debe ser vacunada contra EHV1,4 en el 5º, 7º y 9º mes de gestación.

  • El propietario de la yegua debe presentar al propietario del semental un certificado de vacunación si se solicita una nueva cubrición.

La garantía se extingue si:

  1. no se presenta prueba de vacunación,

  2. la yegua es sustituida sin consentimiento por escrito,

  3. la yegua no queda preñada, aborta o muere y el propietario del semental no es informado.

Sobre la base de la LFG, este contrato da derecho al propietario de la yegua a una cubrición y un certificado de cubrición para un potro.

Todos los pagos no son reembolsables, sujeto a las disposiciones sobre la disponibilidad del semen.


Condiciones de cría

  • El tenedor del semental puede exigir que una yegua que no quede preñada después de tres ciclos de celo sea examinada ginecológicamente (cultivo/biopsia).

  • El tenedor del semental puede rechazar la cubrición si la yegua tiene una enfermedad contagiosa o por otra razón justificada.

  • El tenedor del semental suministra semen del semental acordado, pero no ofrece ninguna garantía sobre el estado tras salir de la finca.

  • El propietario de la yegua asume toda la responsabilidad por:

    • Manipulación,

    • Almacenamiento y

    • Inseminación.

Sin responsabilidad del tenedor o propietario del semental por:

  • semen perdido, retrasado o dañado.


Notas importantes

  • Este contrato es válido exclusivamente entre las partes firmantes.

  • No es transferible ni vendible sin el consentimiento escrito del tenedor del semental.


Elaborado en __________ el //2025 en 2 ejemplares.
Cada parte declara haber recibido un ejemplar.


Al Sheikh Stud
C/O Privilege SFQ
Firma: ___________________________

Propietario de la yegua
Firma: ___________________________