Contrato de cubrición – D Mezyan Nº 2025
Contrato de cubrición – Esperma fresco Nº 2025___
“D Mezyan”
(Fa El Rasheem × D Mazaia)
Este contrato se celebra entre:
Al Sheikh Stud
C/O Privilege SFQ
Heizijde 174/1
2300 Turnhout
Bélgica
Y:
– en lo sucesivo denominado propietario de la yegua –
Información sobre la yegua
Nombre: ____________________
Fecha de nacimiento: ____________________
Color: ____________________
Padre: ____________________
Madre: ____________________
Nº de registro: ____________________
(Se debe adjuntar una copia del pedigrí)
Tarifas
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La tarifa de cubrición se determina por el precio de adjudicación en la subasta EBT.
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El certificado de cubrición se emite cuando:
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la yegua está preñada,
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se ha detectado latido cardíaco y
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todos los costes (incluidos los gastos de envío a Privilege SFQ BVBA) han sido pagados.
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El propietario de la yegua recibirá una factura por cada servicio prestado:
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Extracción de semen,
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Envío,
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Certificado sanitario (si es necesario).
Obligación de notificar la preñez
Todos los embarazos deben ser notificados a Privilege SFQ entre el 5º y 7º mes.
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Si este plazo no se cumple, se cobrará una tarifa adicional de 2.000 €.
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Esta debe pagarse antes de la emisión del certificado de cubrición.
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Esta normativa sirve para la transparencia y pretende evitar que los potros no se registren o que los resultados se presenten de forma incorrecta.
Responsabilidad
Privilege SFQ como propietario del semental, así como sus propietarios, representantes, empleados y veterinarios no asumen ninguna responsabilidad por:
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Enfermedades,
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Epidemias,
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Robo o
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Lesiones,
que puedan afectar a la yegua, al potro o al semen durante la vigencia del contrato.
Garantía de potro vivo (LFG)
La LFG solo es válida bajo las siguientes condiciones:
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La yegua debe ser vacunada contra EHV1,4 en el 5º, 7º y 9º mes de gestación.
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El propietario de la yegua debe presentar al propietario del semental un certificado de vacunación si se solicita una nueva cubrición.
La garantía se extingue si:
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no se presenta prueba de vacunación,
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la yegua es sustituida sin consentimiento por escrito,
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la yegua no queda preñada, aborta o muere y el propietario del semental no es informado.
Sobre la base de la LFG, este contrato da derecho al propietario de la yegua a una cubrición y un certificado de cubrición para un potro.
Todos los pagos no son reembolsables, sujeto a las disposiciones sobre la disponibilidad del semen.
Condiciones de cría
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El tenedor del semental puede exigir que una yegua que no quede preñada después de tres ciclos de celo sea examinada ginecológicamente (cultivo/biopsia).
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El tenedor del semental puede rechazar la cubrición si la yegua tiene una enfermedad contagiosa o por otra razón justificada.
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El tenedor del semental suministra semen del semental acordado, pero no ofrece ninguna garantía sobre el estado tras salir de la finca.
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El propietario de la yegua asume toda la responsabilidad por:
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Manipulación,
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Almacenamiento y
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Inseminación.
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Sin responsabilidad del tenedor o propietario del semental por:
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semen perdido, retrasado o dañado.
Notas importantes
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Este contrato es válido exclusivamente entre las partes firmantes.
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No es transferible ni vendible sin el consentimiento escrito del tenedor del semental.
Elaborado en __________ el //2025 en 2 ejemplares.
Cada parte declara haber recibido un ejemplar.
Al Sheikh Stud
C/O Privilege SFQ
Firma: ___________________________
Propietario de la yegua
Firma: ___________________________